Compraventas, hipotecas, sucesiones, matrimonio, poderes y demás actos que requieren escritura pública.
La escritura pública es el instrumento que contiene las declaraciones de voluntad hechas ante el notario, quien las recibe, extiende y autoriza para darles plena validez y fe pública. Muchos actos solo existen jurídicamente si constan en escritura pública; otros, además, deben inscribirse después en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos.
Qué es, cómo se otorga y qué necesita para cualquier acto que deba constar por escritura.
Otorgue un poder general o especial para que otra persona actúe en su nombre.
Modifique su nombre por una sola vez mediante escritura pública.
Ajuste del componente sexo en el registro civil para que corresponda con su identidad.
Celebre su matrimonio civil en la notaría o a domicilio.
Declare de común acuerdo la unión marital y la sociedad patrimonial.
Acuerde antes del matrimonio cómo se manejarán los bienes de cada contrayente.
Divorcio o cesación de efectos civiles del matrimonio religioso, de mutuo acuerdo.
Disolución y liquidación de la sociedad conyugal o patrimonial de mutuo acuerdo.
Liquidación notarial de la herencia cuando los herederos están de acuerdo.
Disponga de sus bienes para después de su fallecimiento con plena seguridad jurídica.
Proteja la vivienda de la familia frente a embargos y ventas sin consentimiento de ambos.
Constitución y cancelación del patrimonio de familia sobre un inmueble.
Formalice la compra o venta de una casa, apartamento, lote o local.
Libere su inmueble una vez pagada la deuda garantizada con hipoteca.
Intercambie un inmueble por otro bien, con la misma seguridad de una compraventa.
Transfiera gratuitamente un bien, incluida la insinuación ante notario cuando se requiere.
Garantice un crédito con un inmueble, con banco o con persona natural.
Escríbanos o llámenos y le confirmamos los documentos exactos antes de su visita.
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