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Escrituración

Patrimonio de familia inembargable

Constitución y cancelación del patrimonio de familia sobre un inmueble.

¿En qué consiste?

El patrimonio de familia inembargable es una figura que protege un inmueble a favor de la familia (cónyuges o compañeros e hijos menores), haciéndolo inembargable. Puede constituirse de forma voluntaria ante notario y es obligatorio en ciertas viviendas adquiridas con subsidio. Para cancelarlo se requiere el consentimiento de los beneficiarios y, si hay hijos menores de edad, la intervención de un curador o del Defensor de Familia según el caso.

Requisitos

  • Cédulas de ciudadanía originales de los constituyentes.
  • Registros civiles que acrediten el vínculo familiar y de los hijos beneficiarios.
  • Certificado de tradición y libertad del inmueble.
  • Para cancelación con hijos menores: autorización o concepto del Defensor de Familia o nombramiento de curador, según corresponda.

Paso a paso

  1. 1Presente los documentos y la solicitud de constitución o cancelación.
  2. 2La notaría verifica los requisitos y elabora la escritura.
  3. 3Firman los comparecientes y el notario autoriza.
  4. 4Se inscribe en la Oficina de Registro dentro de los 90 días hábiles siguientes.

Base legal

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