¿En qué consiste?
Las capitulaciones son las convenciones que celebran los futuros esposos, antes de contraer matrimonio, sobre los bienes que aportan y las donaciones y concesiones que se quieran hacer. Se otorgan por escritura pública, deben incluir un inventario de los bienes que aporta cada uno y no pueden modificarse después de celebrado el matrimonio.
Requisitos
- Cédulas de ciudadanía originales de los futuros contrayentes.
- Relación detallada de los bienes y deudas que aporta cada uno, con sus valores.
- Documentos que acrediten la propiedad de los bienes relacionados (por ejemplo, certificados de tradición).
Paso a paso
- 1Defina con su pareja los acuerdos patrimoniales.
- 2La notaría revisa el inventario y elabora la escritura.
- 3Ambos firman antes de la celebración del matrimonio.
- 4La escritura se protocoliza y se toma nota al inscribir el matrimonio.
Base legal
- Código Civil, arts. 1771 a 1780Capitulaciones matrimoniales.
Consulte el texto vigente de las normas en SUIN-Juriscol. La información es orientativa; la notaría le confirmará los requisitos exactos para su caso.
