¿En qué consiste?
La notaría expide copias y certificados de los registros civiles de nacimiento, matrimonio y defunción que reposan en su archivo, así como de otros registros a través del sistema de información de la Registraduría cuando este lo permite. Las copias que contienen datos de filiación solo se entregan a quienes acrediten interés legítimo.
Requisitos
- Documento de identidad del solicitante.
- Datos del registro: nombre del inscrito, fecha y, si lo tiene, número de serial o indicativo.
- Para copias con fines de parentesco: acreditar el interés legítimo cuando se requiera.
Paso a paso
- 1Solicite la copia indicando los datos del registro.
- 2Se localiza el registro y se expide la copia.
- 3Se entrega firmada y sellada.
Base legal
- Decreto Ley 1260 de 1970, arts. 110 y ss.Publicidad y expedición de copias del registro civil.
Consulte el texto vigente de las normas en SUIN-Juriscol. La información es orientativa; la notaría le confirmará los requisitos exactos para su caso.
